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Sumario: El testimonio de los propietarios en juicio

Corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto consideró injustificado el despido del actor ,encargado permanente de edificio, en tanto las causales esgrimidas para justificar la extinción del vínculo, a saber: intimidación a copropietarios del consorcio, prestar el sótano del edificio a un vendedor ambulante para que depositara allí su mercadería e incumplir obligaciones esenciales que hacían a la higiene del edifico al permitir el ingreso y depósito de residuos de un banco lindero; no pueden considerarse acreditados ya que sólo se ha ofrecido como prueba de los mismos el testimonio de copropietarios del consorcio demandado que incluso formaron parte del consejo de administración. En el caso, resultaba necesario aportar otros elementos que corroboren las causales invocadas, contando la demandada, a dicho fin, con todos los medios probatorios a los que hace referencia el art. 50 LCT, máxime cuando los hechos relatados habrían acontecido en presencia de personas que no habitan el consorcio demandado.

 

Andrade Garnica Carlos Ruben y otro c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Pueyrredón 2136 s/ despido, CNTrabajo , Sala VII ,  07/11/2008,  MJ-JU-M-41713-AR | MJJ41713 | MJJ41713.

 

  
Publicado en Jurisprudencia

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